Disfrutemos de la mejor manera y respetemos los
espacios
destinados para cada función

Para que la práctica del Aeromodelismo se desarrolle en forma orgánica y esté cubierta por el Seguro contratado por esta Agrupación, deberá cumplirse lo que estipula este Reglamento.

Zona de boxes, obligaciones

1. Es obligatorio leer y hacer leer en toda la zona de boxes la cartelería que indica restricciones de paso, avisos, prohibiciones, pistas

habilitadas, dirección de vuelo, pizarra de frecuencias, etc.

2. El ingreso a boxes esta permitido a todo socio federado. El seguro vigente para pilotos federados no contempla protección alguna

para familiares o invitados no federados. De esta forma la responsabilidad ante accidentes es exclusiva del socio.

3. Los pilotos aprendices solo podrán hacer uso del área de boxes acompañados de un instructor, socio a cargo o tener autorización de

parte del Comisario de Deportivo o de un miembro de la Comisión Directiva.

4. Por razones de seguridad queda prohibido el ingreso al área de vuelo sin calzado o con calzado semicubierto.

5. Es exclusivo y prioritario el uso de las mesas de trabajo para el arreglo, calibrado, ajuste, desarme o armado del modelo. Si la situación

lo requiere y se hace posible, se debe compartir la mesa. Ante la situación de falta de mesas de trabajo, toda actividad solo social en el uso de

la mesa de trabajo esta suspendida.

6. Es responsabilidad del socio o invitado al terminar su jornada, dejar la mesa de trabajo limpia de toda sustancia,

sin residuos en los alrededores del lugar ocupado y guardar las sillas utilizadas.

9. Esta prohibida la carga de combustible sobre las mesas.

10. Esta terminantemente prohibido el carreteo de los modelos en zona de boxes cubiertas y semicubiertas.

11. En boxes queda prohibida la puesta en marcha, ablande y marchas prolongadas para prueba o afinación de motores. Existen zonas

específicas para cada una de estas tareas, etapas o pruebas. (Ver plano)

12. Las frecuencias permitidas en toda categoría son 72 Mhz y 2.4 Ghz. Toda otra frecuencia no podrá ser usada sin la previa

autorización del comisario de pista o miembro de la CD.

13. Es obligatorio el uso de la caja de vuelo o anclajes “U” colocados en los extremos de boxes para inmovilización de los modelos en el

momento de la puesta en marcha con motores a combustión sea en forma manual o con starter. Todo otro tipo improvisado de anclaje esta

prohibido, considerando esto una falta grave a la seguridad que da lugar a sanciones hacia el socio.